Abogado de Wander Franco dice que no le han entregado la acusación del Ministerio Público

Uno de los abogados del pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, imputado por presunta explotación sexual y comercial de una menor de edad, dijo este miércoles que aún no le han entregado la acusación formal que hace el Ministerio Público en contra de su cliente.

Teodosio Jáquez, una de los representantes legales del beisbolista, espera que las autoridades le hagan entrega del contenido en las próximas horas.

El jurista considera que el Ministerio Público no tiene pruebas que vinculen a Franco con esa acusación.

Asegura que uno de los elementos probatorios que dice tener el órgano acusador es la entrevista realizada a la presunta víctima en la Cámara Gesell, en la cual asegura la menor niega haber sostenido relaciones con el pelotero.

«Cuando esa joven fue entrevistada ante un juez en nada vincula a Wander Franco«, sostiene el abogado.

Dijo que en su momento dará a conocer todos los detalles del expediente presentado en contra de su representado.

Indicó que explicará también qué motivó a la fiscal Olga Diná Llaverías, titular de la Dirección Nacional de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia, asumir el caso, «dejando fuera del proceso al personal que tiene el Ministerio Público en el distrito judicial de Puerto Plata».

El Ministerio Público informó que depositó el pasado lunes la acusación formal en contra del jugador de béisbol profesional por explotación sexual y comercial de una menor, y la madre de la adolescente por lavado de activos.

La acusación fue depositada en el Primer Juzgado de la Instrucción de la provincia de Puerto Plata.

El expediente señala que la conducta de Franco Aybar, viola las disposiciones del Principio V, de los artículos 25, 396 literales B y C, 409 y 410, el de la ley 136-03, que es el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, los artículos 265, 266 y 331 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 3 de la Ley 137-03 Sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

En cuanto a la madre, de quien se omite el nombre por razones legales, el Ministerio Público establece que esta incurrió en la violación a las disposiciones del Principio V, los artículos 25, 396 literal B, 409 y 410, de la ley 136-03, que es el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes. Los artículos 2, numeral 1, 11 y 15; artículo 3, numerales 1, 2 y 3; artículo 9 numerales 2 y 7 de la ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, así como, los artículos 3 y 7 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.